Para todos los trámites de certificados de importación, Siqat Ingeniería brinda también los servicios previos:
Inscripción de la empresa como importador en cada régimen. Audiencias, Asesoramiento. Plan de importación anual. Solicitudes de Licencias. Solicitudes de excepción
Certificado de Importacion de Calzado CIC
Certificamos zapatos, zapatillas, calzado
Nuestro Servicio incluye:
* Certificación según lo establece la Resolución 508/99.
* Gestión ante el I.N.T.I (Campo Voluntario)
* Declaración Jurada de Composición de Productos.
* Presentación de la Empresa y producto ante la Entidad Certificadora (Campo Voluntario).
* Confección y Presentación de las Declaraciones Juradas ante la ex SICyM.
* Solicitud de la Licencia de Importación.
GESTIONES ANTE EL INTI
Para dar cumplimiento con la Res 508/99, los calzados que se importen y comercialicen en el País deberán presentarse ante la Entidad Certificadora agrupados por familias de productos según lo indica la Resolución de Referencia.
Luego de presentada la familia ante la Entidad Certificadora, se Lacra una muestra y se procede al ensayo, posteriormente se emitirá el Certificado del Producto. Con este certificado se presenta en la Dirección Nacional de Comercio Interior el formulario "C" y la Licencia de Importación de Calzado.
Para el proceso de Certificación, se deberá considerar el siguiente costo:
* Arancel de Certificación por Familia de Productos
http://infoleg.mecon.gov.ar/txtnorma/59228.htm
LICENCIA DE IMPORTACION
Para obtener la Licencia de Importación del Calzado (LINAC) ante SICyM, y posteriormente poder importar se deberá presentar la Solicitud debidamente cumplimentada.
Previamente se deberá haber presentado ante SICyM los formularios A y C; una vez obtenida dicha Licencia, se darían por cumplidos la totalidad de los pasos para liberar la mercadería.
El certificado de Importación de calzado tiene una validez de 30 días a partir de su firma, necesitándose de una renovación para futuras importaciones.
Link de interés
http://infoleg.mecon.gov.ar/txtnorma/60334.htm
* Certificación según lo establece la Resolución 508/99.
* Gestión ante el I.N.T.I (Campo Voluntario)
* Declaración Jurada de Composición de Productos.
* Presentación de la Empresa y producto ante la Entidad Certificadora (Campo Voluntario).
* Confección y Presentación de las Declaraciones Juradas ante la ex SICyM.
* Solicitud de la Licencia de Importación.
GESTIONES ANTE EL INTI
Para dar cumplimiento con la Res 508/99, los calzados que se importen y comercialicen en el País deberán presentarse ante la Entidad Certificadora agrupados por familias de productos según lo indica la Resolución de Referencia.
Luego de presentada la familia ante la Entidad Certificadora, se Lacra una muestra y se procede al ensayo, posteriormente se emitirá el Certificado del Producto. Con este certificado se presenta en la Dirección Nacional de Comercio Interior el formulario "C" y la Licencia de Importación de Calzado.
Para el proceso de Certificación, se deberá considerar el siguiente costo:
* Arancel de Certificación por Familia de Productos
http://infoleg.mecon.gov.ar/txtnorma/59228.htm
LICENCIA DE IMPORTACION
Para obtener la Licencia de Importación del Calzado (LINAC) ante SICyM, y posteriormente poder importar se deberá presentar la Solicitud debidamente cumplimentada.
Previamente se deberá haber presentado ante SICyM los formularios A y C; una vez obtenida dicha Licencia, se darían por cumplidos la totalidad de los pasos para liberar la mercadería.
El certificado de Importación de calzado tiene una validez de 30 días a partir de su firma, necesitándose de una renovación para futuras importaciones.
Link de interés
http://infoleg.mecon.gov.ar/txtnorma/60334.htm

















